Dólares del colchón: qué cambia desde junio 2025
El Gobierno flexibilizó los controles para operaciones con efectivo. Suben los umbrales para reportes en inmuebles, autos y depósitos bancarios. Apunta a canalizar dólares fuera del sistema sin descuidar el control antilavado.
En el marco de una política orientada a facilitar el uso de dólares en efectivo fuera del sistema bancario, conocidos popularmente como "dólares del colchón", el Gobierno implementó una serie de cambios regulatorios que impactan en operaciones inmobiliarias, automotores, bancarias y notariales.
La Unidad de Información Financiera (UIF) publicó este miércoles una nueva resolución que modifica las normas de prevención del lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas, con el objetivo de actualizar umbrales y procedimientos de control en base al contexto inflacionario y a las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).
CAMBIOS EN LA COMPRA-VENTA DE INMUEBLES
Uno de los cambios más significativos afecta al registro de propiedades. A partir de ahora, solo deberán reportarse operaciones inmobiliarias que superen los 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a unos $660 millones en junio de 2025. Antes, ese umbral era de 200 SMVM. La medida descomprime los registros públicos y acelera las transacciones de menor monto.
NUEVOS LÍMITES PARA LA COMPRA Y VENTA DE AUTOS
La UIF también modificó el artículo 16 de la Resolución 127/2012, que regula la compraventa de vehículos. Ahora, solo será obligatorio justificar el origen de los fondos si el monto anual de la operación supera los $115 millones. Además:
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No se exigirá certificación contable como respaldo.
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Se excluyen las declaraciones juradas impositivas como único justificativo.
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Si la operación se realiza por transferencia, cheque o crédito bancario, no será necesario presentar el Perfil del Cliente.
También se suspendió hasta enero de 2026 la actualización automática de los umbrales establecidos por inflación y se elevó el límite para reportar operaciones de alto monto a $50 millones.
DEPÓSITOS EN EFECTIVO EN BANCOS: MÁS FLEXIBILIDAD
En lo que respecta a entidades financieras, ahora solo se exigirá control reforzado para depósitos en efectivo iguales o mayores a 40 SMVM, lo que equivale a $35,2 millones actuales. Este control implica identificar tanto al depositante como al beneficiario real.
Además, toda operación en efectivo que supere ese monto deberá ser reportada bajo los esquemas RTE o RTEOC, según corresponda. También se actualizaron los requisitos para elaborar el Perfil Transaccional, que ahora deberá basarse en datos documentados, eliminando el uso exclusivo de declaraciones juradas.
QUÉ CAMBIA PARA LOS ESCRIBANOS
En el ámbito notarial, los escribanos deberán reforzar la validación documental sobre el origen de fondos en operaciones con efectivo. El umbral para reportar una operación cuando representan al cliente también se elevó a 750 SMVM.
UN PASO PARA CANALIZAR EL EFECTIVO HACIA LA ECONOMÍA REAL
Todas estas modificaciones forman parte del Decreto 353/2025, que instruyó a la UIF a revisar su normativa en 30 días. El objetivo es claro: canalizar parte del efectivo no bancarizado -especialmente los dólares del colchón- hacia el consumo, la inversión o la adquisición de activos, sin descuidar los controles antilavado exigidos por estándares internacionales.